Alojamientos Turísticos

Plan reACTIVÄ 2021

Ayudas directas al sector turístico y hostelero de la Región de Murcia

Plazo de presentación del 14/07/2021 al 04/08/2021

Plan reACTIVÄ 2021

Alojamientos Turísticos

Crédito

10.000.000 €

Ayudas a alojamientos turísticos reglados de la Región de Murcia

Beneficiarios

Autónomos y empresas titulares de alojamientos turísticos reglados ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Requisitos

Que a fecha 14 de marzo de 2020 así como en la fecha de presentación de la correspondiente solicitud de ayuda, a pesar de haber tenido que suspender o reducir significativamente el ejercicio de su actividad durante la duración del estado de alarma, cumplan los siguientes requisitos:

a) Ser titular de al menos un establecimiento alojativo en la Región de Murcia que se encuentre debidamente inscrito en el Registro de empresas y actividades turísticas de la Región de Murcia.

b) Que los titulares de los establecimientos alojativos tengan residencia fiscal en España.

c) Que los titulares de los establecimientos alojativos se encuentren dados de alta en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas que se detallan en Anexo.

d) En el caso de que el titular del establecimiento alojativo sea empresario autónomo, además de lo dispuesto en la letra anterior, deberá encontrarse dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

e) Que en el ejercicio 2020 la facturación de sus establecimientos en la Región de Murcia haya sufrido una caída superior a un 20% con respecto al ejercicio 2019, o que se trate de empresarios que apliquen el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Plazos y documentación

Plazo de presentación de las solicitudes: Del 14/07/2021 al 04/08/2021

Lugar de presentación: La presentación de solicitudes y, en su caso, la documentación que debe acompañarlas, se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de la sede electrónica de la CARM, a través del procedimiento 3631.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Resoluciones y otros documentos

Cuantía de las ayudas

En caso de empresarios que apliquen el régimen de estimación objetiva en el IRPF, la subvención será de 3.000 ¤ por beneficiario.

Las empresas o empresarios, distintos de los señalados en la letra anterior, cuyos establecimientos en la Región de Murcia hayan sufrido una caída en su facturación en el ejercicio 2020, de acuerdo con los datos que figuren en sus declaraciones del impuesto de sociedades (IS) o del IRPF, según el caso, superior a un 20% con respecto al ejercicio 2019, podrán recibir una ayuda del 20% de aquella parte de la caída de su facturación que no supere el 40%, del 25% de aquella parte de la caída de su facturación entre más del 40% y el 60%, y del 50% de aquella parte de la caída de su facturación que exceda al 60%.

Tramos de caída de facturación

Porcentaje aplicable a cada tramo de caída de facturación

> 20% - 40%

20%

> 40% - 60%

25%

> 60%

50%

Cada persona física o jurídica podrá presentar únicamente una solicitud, y podrá recibir una ayuda con un límite máximo de 200.000 euros

INFORMACIÓN COMPLEMENTARÍA SOBRE CUANTÍA Y REQUISITOS
Región de Murcia
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