BASES Y CONVOCATORIA 2022
Convoca: ITREM
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Publicado BORM Nº 132 de 11 de junio de 2018, anuncio 3624
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Publicado BORM Nº 126 de 2 de junio de 2022
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación comenzará el día 3 de junio de 2022 hasta el día 1 de julio de 2022, este inclusive
MODELO DE SOLICITUD, ANEXOS A CUMPLIMENTAR Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA
Se adjunta el modelo de solicitud:
Anexo I: Modelo de solicitud.
Se presentarán junto con la solicitud la siguiente documentación:
1.- ANEXOS:
1.1
Anexo II: odelo de Curriculum Vitae.
1.2
Anexo III,
IV y
V: Declaraciones responsables.
2.- DOCUMENTACIÓN:
2.1.- Fotocopia del DNI o pasaporte en vigor.
2.2.- Habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad de restauración o bien contrato o contratos laborales acreditativos de la experiencia profesional o informe de vida laboral acreditativo.
2.3.- Certificado de empadronamiento en cualquier municipio de la Región de Murcia con antigüedad mínima de un año previa a la fecha de la convocatoria.
2.4.- Copia auténtica de los títulos y méritos que hayan sido incluidos en el currículum.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes se presentarán a través de cualquiera de los registros y oficinas que se detallan a continuación:
- De forma presencial, en el Registro del ITREM, ubicado en Murcia, Avda. Juana Jugán, 2, (Edificio CCT), 3ª Planta.
- En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- Así como, los demás medios de presentación, establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia especial, previa comprobación del cumplimiento por el solicitante de los requisitos generales y específicos establecidos en la Resolución de aprobación de bases reguladoras y en esta Resolución de convocatoria, sin que sea necesario la comparación de las solicitudes, ni la prelación entre las mismas, hasta el límite del crédito presupuestario establecido en esta convocatoria.
En consecuencia, la concesión de las subvenciones, siempre que los beneficiarios reúnan los requisitos generales y específicos establecidos en las bases reguladores, se realizará según el orden de entrada de las solicitudes, atendiendo a la fecha de registro de entrada o de presentación, considerando que el orden de prelación para su resolución será la fecha en que las solicitudes reúnan toda la documentación requerida, una vez subsanada la ausencia o insuficiencia que, en su caso, se hubiera apreciado por la Administración.
La valoración de las solicitudes estará a cargo de una Comisión de Selección nombrada por el Director del ITREM, que será el órgano colegiado encargado de efectuar la propuesta de adjudicación de las ayudas al Director del ITREM, previa valoración de las solicitudes.
MÁS INFORMACIÓN
Centro de Cualificación Turística, 968 357 754, 968 357 752
Instituto de Turismo de la Región de Murcia, Avda. Juana Jugán, 2, 30006- Murcia